Cambios en Hacienda que podrían afectar tu negocio
¿Das servicios a través de plataformas digitales, rentas inmuebles,
tienes ventas por catálogo o vendes bebidas saborizadas? La iniciativa
de Ley de Ingresos de la Federación 2020 contiene varios cambios que te
importan.
El ejecutivo federal se comprometió a que no aumentarán
los impuestos, ni creará nuevos, durante la primera mitad de su
mandato, y así lo ha hecho hasta ahora.
Sin embargo, La
propuesta de Paquete Económico 2020 contiene varias propuestas para
recaudar más en el sector de la economía digital, así como reducir los
espacios para la elusión y evasión fiscal en otras actividades, como en
los arrendamientos y en las ventas por catálogo.
Te contamos
cuáles son las principales propuestas de cambios para el próximo año y
que vienen en el Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta,
de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la
Federación.
Para empezar, ¿por qué Hacienda quiere cobrar impuestos a la economía digital?
La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público dice en su exposición de
motivos que desde 2013, el G20, al cual pertenece México, ya estaba
abordando los problemas que supone la economía digital para cobrar
impuestos a empresas que tienen presencia virtual en otro país diferente
a donde está su domicilio fiscal.
Además, el potencial de
incremento de recaudación en México es grande: 14.6 millones de personas
utilizan internet para ordenar y comprar productos y 7 millones lo usan
para ventas, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística
y Geografía (Inegi).
“Si bien la digitalización de la economía
tiene beneficios importantes para la economía en su conjunto, como
generar mayor competencia entre oferentes y por ende, mejores precios y
calidad en productos y servicios para los demandantes, también ha
generado un área de oportunidad, ya que el marco legal y tributario de
nuestro país se encuentra desactualizado por una realidad que ha sido
transformada profundamente por el avance tecnológico de la última
década”, indica la Secretaría de Hacienda en su exposición de motivos.
Ahora sí, ¿cuáles son los principales cambios?
En
cuanto a economía digital se refiere, Hacienda divide en dos los tipos
de servicios a gravarse: los de intermediación (como Uber, Cabify,
Rappi, etc.); y los de consumo final de los hogares, que incluyen
películas, texto, información, video, audio, música y juegos (Netflix,
Spotify, entre otros).
En el caso de los intermediarios, se les cobrará:
Retener el 50% del IVA cobrado
Enterar la retención mensualmente
Expedir al retenido un CFDI
Inscribirse en el RFC como persona retenedora
Los
que prestan servicios de consumo final en hogares también deberán
cobrar el IVA. Cabe aclarar que estas medidas aplican tanto para las
empresas sin domicilio físico en México, como las que sí lo tienen. Así
que, si tu emprendimiento participa en la economía colaborativa o presta
un servicio digital, también tendrás que pagar el IVA como los demás
gigantes tecnológicos.
También las empresas digitales estarán
sujetas a pagar el impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente por la
venta de productos o servicios y por la intermediación con terceros.
De aprobarse las reformas, estas entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2020.